11 octubre, 2026
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La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza hizo lugar a un recurso de casación presentado por la defensa de Claudio Abel Arancio Casanovas, modificando la calificación legal de la condena de 12 años de prisión impartida en 2025. El máximo tribunal argumentó que no se probaron lesiones graves ni gravísimas en la víctima, conforme a los peritajes del Cuerpo Médico Forense que constataron lesiones leves con un tiempo de curación menor a un mes. En consecuencia, dispuso que el Tribunal Penal Colegiado Número 1 dicte una nueva sanción encuadrada en los delitos de robo simple y amenazas agravadas.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ordenó modificar la condena e imponer una pena marcadamente inferior a Claudio Abel Arancio Casanovas, un asaltante con amplio prontuario que en junio de 2023 le robó el auto a una mujer de 58 años en la calle Ituzaingó de la Ciudad de Mendoza y la atropelló durante la fuga. La resolución de la Sala Penal, integrada por los magistrados Julio Gómez, Mario Adaro y José Valerio, dejó sin efecto la sentencia a 12 años de prisión dictada en diciembre de 2025 por el juez Rafael Escot, quien había calificado el hecho como robo agravado por lesiones graves y gravísimas. El máximo tribunal avaló los planteos de la defensa al determinar que la resolución previa omitió los informes técnicos del Cuerpo Médico Forense e historias clínicas de la Clínica Santa María, los cuales certificaron que las dolencias sufridas por la mujer constituyeron lesiones leves. Al no acreditarse un daño permanente o un periodo de inactividad superior a un mes, los jueces concluyeron que la violencia ejercida queda subsumida en la figura de robo simple, cuya escala penal contempla de uno a seis años de cárcel.

El hecho investigado ocurrió la noche del 15 de junio de 2023, cuando la víctima fue abordada al arribar a su domicilio a bordo de un Ford Fiesta, siendo empujada a la calzada por el delincuente, quien al emprender la marcha le pasó por encima de los miembros inferiores.

El pronunciamiento del máximo tribunal señaló que la apreciación personal del juez de grado sobre la movilidad de la víctima no contó con el debido respaldo científico ni con la constatación de especialistas médicos dentro del expediente.

Arancio Casanovas, quien registra condenas previas por robos con armas y encubrimiento en los años 2010, 2017 y 2018, continuará privado de la libertad a la espera de la fijación del nuevo monto de la condena.

El Tribunal Penal Colegiado Número 1 deberá convocar a una nueva audiencia para determinar la pena definitiva acorde a la escala del robo simple y las amenazas.

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